PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE TIPO DE INTERÉS

¿Qué es la T.A.E.? ¿Es el mejor índice para comparar la rentabilidad/coste de un producto financiero?

La T.A.E. o Tasa Anual Equivalente es un indicador que, en forma de tanto por ciento anual, refleja el coste o rendimiento efectivo de un producto financiero. Permite al cliente comparar las diferentes inversiones o préstamos, con independencia de sus condiciones particulares, ya que iguala todos los elementos de la operación, informándose con ella del coste o rendimiento total de la operación.

La T.A.E. se calcula de acuerdo con una fórmula que tiene en cuenta el tipo de interés nominal, la frecuencia de los pagos (mensuales, trimestrales, etc.), las comisiones bancarias y otros gastos o ingresos. Existen, además, unos criterios para el cómputo de estos factores, en función de la naturaleza de la operación.

Para que sirva de ejemplo, en los préstamos hipotecarios, la entidad debe incluir los intereses que el cliente deberá pagar (si es tipo variable, calculados al tipo que resulte de tener en cuenta el valor del índice más el diferencial en ese momento), todas las comisiones, los impuestos y cualquier otro tipo de gastos que el cliente deba asumir en relación con el contrato de préstamo y que sean conocidos por la entidad, con excepción de los gastos de notaría. También deberá incluirse el coste de todos los servicios accesorios relacionados con el contrato de préstamo, en particular las primas de seguro, si la obtención del préstamo en las condiciones ofrecidas está condicionada a la prestación de tales servicios.

Las entidades están obligadas a informar sobre la TAE de sus operaciones en la publicidad de sus productos que se haga referencia a coste o rentabilidad, en los contratos, en los documentos de liquidación y en las ofertas vinculantes.

¿Está regulado el tipo de interés que puede cobrar o pagar una entidad?

No, las entidades tienen libertad para decidir sus tipos de interés.

No obstante, las entidades tienen la obligación de publicar:

¿Puede un banco redondear al alza el tipo de interés aplicado en una hipoteca?

Desde la entrada en vigor de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre (B.O.E. del 23) Abre en nueva ventana, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, y siempre que esté pactado y que sea al alza y a la baja, el tipo de interés variable de las hipotecas puede redondearse como máximo al octavo de punto más próximo -hacia arriba o hacia abajo- en el momento en que corresponda la revisión.

¿Qué es el euribor? ¿Cómo se puede comprobar su valor o el del tipo de referencia para la revisión de una hipoteca? ¿Qué pasa con los préstamos referenciados al Míbor?

El Euríbor es el índice más utilizado como referencia (es decir, para calcular la revisión de los tipos de interés variable) en los préstamos hipotecarios. Sale de la media de los tipos aplicados en operaciones de depósito de euros por las 50 entidades más activas del mercado interbancario europeo. El Euríbor se publica para varias fechas de vencimiento, pero el que se utiliza como índice de referencia oficial es el Euríbor a un año.

El Banco de España difunde a mediados de cada mes una nota informativa con los principales índices de referencia oficiales del mes anterior. Estos tipos se publican en el BOE unos días después, y a partir de ese momento adquieren carácter oficial.

El Euríbor sustituyó al Míbor (el índice que existía en el mercado español) como referencia oficial el 1 de enero de 2000. Pero el Míbor se sigue publicando porque se utiliza para los préstamos hipotecarios firmados con anterioridad y que así lo tengan pactado.