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Cláusula de vencimiento anticipado de la hipoteca

Visitas 2139 Comentarios Publicado el 22/03/2017 por Admin
 
Categoría: Préstamos rápidos - Etiquetas: , , , ,
 

Después de dictar la sentencia sobre la “retroactividad total de la cláusula suelo”, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también dictó sentencia sobre la cláusula de vencimiento anticipado, se determinó como otra cláusula abusiva, por lo que se deben tomar las acciones pertinentes.

Por su parte, la sentencia de “retroactividad total de la cláusula suelo”, establece que las entidades financieras deben retornar el total del monto abonado por los consumidores, ya que la cláusula en cuestión fue declarada como cláusula abusiva, y por ende esta debe ser excluida del contrato. 

 

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¿Qué implica la cláusula de vencimiento anticipado?

Esta es la cláusula incluida en el contrato de préstamo hipotecario, que otorga el poder a la entidad prestamista de dar por vencido el préstamo, con anticipación a la fecha o plazo acordado para su pago total, cuando el deudor no cumple con parte del pago, ya sea del capital o de los intereses de la prestación.  

Esta cláusula es la única contenida en el contrato de hipoteca, que consiente en interponer el procedimiento de ejecución hipotecaria, una vez que se incumple con el pago de una parte de la deuda o préstamo.

¿Qué acción tomó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)?

El pasado 11 de junio de 2015, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea –TJUE, dictó el Auto que instituye que en España, si algún juez considera que la cláusula de vencimiento anticipado es una cláusula abusiva, incluso aunque ésta no se haya aplicado, debe excluir dicha cláusula del contrato de crédito o préstamo hipotecario.

El Auto dictado por el TJUE expresa textualmente: “los jueces nacionales están obligados únicamente a dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva, a fin de que ésta no produzca efectos vinculantes para el consumidor, sin estar facultados para modificar el contenido de la misma.

Claúsulas abusivas préstamos

Adicionalmente, el TJUE ha respondido a algunas preguntas que surgieron referentes a la cláusula abusiva:

¿Qué acciones se deben ejecutar cuando una cláusula de cualquier contrato, que involucre consumidores, es declarada como abusiva por algún juez nacional?

“Incumbe al juez nacional, pura y simplemente, dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva, sin estar facultado para modificar su contenido”. Con tal suerte que “declarada una cláusula como abusiva, significa que nunca ha existido”.

¿Se pueden restringir o contener los efectos de inexistencia de una cláusula declarada como abusiva? Y si es así, ¿Quién tiene la facultad para proceder a restringirlos o contenerlos?

“El Tribunal de Justicia es el único que puede decidir acerca de las limitaciones que haya de aplicarse a la interpretación que él mismo haya hecho de una norma del Derecho de la Unión”.

Con esta sentencia el TJUE, intenta proteger a los consumidores de algunos de los entes prestamistas, quienes en reiteradas oportunidades han aplicado alguna cláusula abusiva en su beneficio.

 

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